FSC-CCOO SSI ONCE | 7 julio 2025.

CCOO ONCE COMPARTE 20/05/2020

    Ante la rumorología, insinuaciones e informaciones sesgadas que están generando directivos, sus afines y amigos, sobre la fecha y forma de arranque, medidas preventivas, etc., CCOO exige respeto a sus derechos sindicales y a su condición de firmante del ERTE y para contribuir a que se conozca nuestra posición en relación con medidas que en materia de Seguridad, Prevención y Salud tienen que adoptarse por la Dirección para la vuelta al trabajo, te pasamos literalmente nuestras propuestas realizadas al documento que la ONCE remitió en esta materia al Comité Intercentros

    20/05/2020.

    CCOO ONCE COMPARTE 20/05/2020

    Ante la rumorología, insinuaciones e informaciones sesgadas que están generando directivos, sus afines y amigos, sobre la fecha y forma de arranque, medidas preventivas, etc., CCOO exige respeto a sus derechos sindicales y a su condición de firmante del ERTE y para contribuir a que se conozca nuestra posición en relación con medidas que en materia de Seguridad, Prevención y Salud tienen que adoptarse por la Dirección para la vuelta al trabajo, te pasamos literalmente nuestras propuestas realizadas al documento que la ONCE remitió en esta materia al Comité Intercentros

    APORTACIONES DE CCOO AL PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN

    PARA EL RETORNO A LA ACTIVIDAD LABORAL DE LA ONCE

    MEDIDAS GENERALES

    Se recoge que ha de señalizarse y establecerse la división en las entradas y pasillos para garantizar carriles de ida y vuelta, paliando así contactos innecesarios. Esta medida debe ser acotada de forma que se defina que siempre se circule por la derecha, tanto en entrada y salida, como en los desplazamientos dentro del centro, procurando que cuando el lugar, despacho o local de destino se encuentra en pared contraria, el cruce de pasillo se efectúe en vertical. Esta fórmula ayudará a una correcta deambulación de las personas ciegas, a lo que hay que sumar que la señalización resulte accesible.

    Antes de la reincorporación a activo se publicarán los folletos con las instrucciones concretas de acceso y deambulación en los centros, proporcionándolos en todos los soportes para garantizar la accesibilidad de todo el colectivo. En todos los servicios con atención a usuarios y específicamente en atención al vendedor, se adoptará un mecanismo para que cuando demanda atención una persona ciega total, se registre en entrada y se comunique su nombre al correspondiente despacho para que sea llamado nominalmente en la sala de espera cuando le toque turno.

    La previsión del documento que se nos ha facilitado, parece partir siempre de grandes centros, no existiendo regulación para Agencias Administrativas donde obviamente la problemática resulta diferente, pues habrá que contemplar qué persona se ocupa de la medición de temperatura, control de entrada, etc. Sería oportuno que las Agencias funcionen con carácter general con cita previa, comunicando el trabajador o trabajadora, o la persona afiliada, qué gestión desea realizar para que la Agencia le proporcione hora y prevea su atención con todas las cautelas que resultan exigibles.

    En lo concerniente a las Agencias Administrativas, deberá tenerse en cuenta que su personal de limpieza dispone de jornadas super reducidas, por lo que gran parte del horario de apertura no hay servicio de limpieza, lo que dificulta cuando no imposibilita la ejecución de todas las medidas higiénicas que contempla el documento facilitado.

    Como medida eficaz de reducción de presencia en los Centros, sin que afecte a la ejecución del trabajo, deberá extenderse el teletrabajo para todos aquellos puestos en los que resulte posible, contando siempre con la voluntariedad del trabajador/trabajadora. Sería útil que se haga un mapa de puestos susceptibles de teletrabajo, para que los Centros partan de él a la hora de adscribir tareas y personas a actividad domiciliaria.

    Se posibilitará siempre en gestiones laborales y/o de representación sindical, el uso de medios telemáticos (PortalONCE, correo electrónico…), tanto para las comunicaciones de parte de baja, permisos sindicales y cualquier otra incidencia que hoy no esté contemplada.

    Se deberá proporcionar de los EPIs contemplados en el protocolo con carácter general, a la representación sindical y legal de los trabajadores.

    AJUSTE EN LAS MEDIDAS PREVENTIVAS

    Se cita que cuando una persona que accede al centro supere los 36’7ºC, no accederá al Centro si no es trabajador y se le derivará a consulta médica con remisión a su domicilio si el Servicio de Prevención así lo considera. La temperatura de 36’7ºC dudamos sea la cifra de arranque de la fiebre, por lo que habrá que ajustarla a los parámetros sanitarios de más de 37ºC.

    A los ordenanzas se les sitúa en el grupo de “baja probabilidad de exposición” y han de ubicarse en el grupo de “exposición de bajo riesgo”, téngase en cuenta que están en contacto con las visitas al Centro, que tienen que realizar salidas para gestiones fuera del Centro y que su protección, dada su polivalencia, no siempre es garantía de no exposición al riesgo.

    Igualmente ha de encuadrarse en el grupo de “exposición de bajo riesgo” a los Administrativos de atención al vendedor, incluyendo los de las Agencias Administrativas.

    Se cita con detalle los comedores de trabajo y las medidas a adoptar, cuando prácticamente son excepcionales (CREs y poco más), y no hay ninguna referencia a actuaciones relacionadas con cafeterías de los centros.

    Siendo imprescindible garantizar la ventilación de los Centros y espacios de trabajo, y teniendo en cuenta que muchos de los edificios son cerrados, sin posibilidad de abrir ventanas, se hace necesario una revisión y adecuación de los sistemas de aire acondicionado que procuren la ventilación que no se puede obtener con la apertura de ventanas.

    Cuando se detecte a un trabajador infectado, el protocolo recoge correctamente que se le dotará de mascarilla quirúrgica para evitar transmita el virus, pero si necesita acompañante a éste debe dotársele no de mascarilla quirúrgica como se dice, sino de al menos de la FFP2, para su mayor protección.

    PERSONAL VENDEDOR

    Concretada ya la verificación del Anexo IX, específico del personal vendedor, que inicialmente no se entregó, consideramos muy importante reseñar que la prevención de riesgos que para este personal se define es genérica y claramente insuficiente, teniendo lagunas y carencias tan importantes como no hablar de las tareas de liquidación diaria y los bancos, no citar la limpieza de quioscos, stands…, no se contempla las especificidades en la venta de personas ciegas (dificultades en sus desplazamientos, manejo con guantes, etc.), ni tampoco los supuestos en que se comparte espacios de trabajo. Por ello, resulta imprescindible se realicen las modificaciones necesarias que complementen las medidas del documento y anexo, al menos en los aspectos siguientes:

    Debe contemplarse la limpieza de quioscos, stand y locales comerciales cuando se compartan. En cada cambio de turno, como prevé el protocolo con carácter general, ha de hacerse una limpieza exhaustiva de los espacios y elementos de trabajo, y por tanto, también de los quioscos, locales comerciales y stand, cuando se comparten en función del horario o del tipo de jornada. No se olvide que se pueden dar supuestos con vendedor distinto en la mañana que en la tarde, y con cobertura también de vendedores distintos para cubrir los siete días de la semana, y que se da incluso el caso de quioscos que explota un vendedor y a su vez es usado por un tercero que dispone de llave para guardar su expositor.El protocolo define en dos grupos distintos, en teoría por su exposición al riesgo, a los vendedores con quiosco, local o stand, con pantalla de separación, que no tienen zona de influencia, distinguiéndolos de quienes tienen puesto de calle, atienden ruta, etc. Aquí es muy importante conocer que según los Anexos de asignación de horario y punto de venta, es generalizada la tenencia de zona de influencia, por lo que todo aquél que lo tenga en el anexo ha de ser considerado en el segundo grupo a efectos de exposición al riesgo. No se olvide que quienes ejercen la venta visitando establecimientos, recorriendo zona y ofreciendo productos en vía pública, asumen un mayor riesgo por contacto directo con el comprador, que no resuelven las pantallas y que los guantes supondrán en muchas ocasiones, sobre todo en personas ciegas, dificultades para cortar cupón o identificar dinero.Con todas las cautelas que sea necesario adoptar, hay que contemplar como riesgo la obligación de liquidación diaria en Correos o Entidades Bancarias, compartiendo los espacios con mucho público e incrementando desplazamientos, por lo que debería dejarse la obligación de liquidar una vez a la semana, coincidiendo con la recogida del paquete de producto.Deberá ponerse cartelería en quioscos, stand, etc., e incluirse en los spots publicitarios la indicación del pago con tarjeta, para reducir el manejo de monedas y billetes y en paralelo, adelgazar las cantidades que por liquidación han de llevarse al banco semanalmente.Debe suprimirse en el período de riesgo por Coronavirus, la figura del vendedor-formador para evitar que comparta espacio sin poder tener distancia social, con el aspirante a la venta o nuevo vendedor.Debe planificarse el número de geles, mascarillas, guantes, pantallas, que ha de proporcionarse a cada vendedor/vendedora, previendo el ritmo de entrega y reposición.Al no poder medirse la temperatura al personal vendedor en el inicio de su jornada, deberá articularse de forma clara un procedimiento para que cuando un vendedor/vendedora se sienta con síntomas coronavirus, acuda a su MAP llamando previamente al tfno. habilitado en su Comunidad a estos efectos y lo comunique a su Centro para que se haga el oportuno seguimiento.Se articulará un procedimiento claro para la devolución de producto, pues ello comporta contacto del personal vendedor con el personal de atención y contacto lógicamente, con productos que pueden haber sido infectados. Por ello en supuestos de baja, vacaciones, permisos, etc., las devoluciones de cupón, incluso topes enteros, y boletos sueltos, se harán a través del TPV y el retorno de libros se hará a través del Centro, habilitando un procedimiento para que de forma automática al registrarse el retorno, se remita mensaje a TPV o móvil con los datos de los libros retornados o devueltos, evitando así la indefensión del vendedor.Debe anularse, siempre que ello sea posible, las jornadas partidas a quienes así lo soliciten, pues con ello se reducen a la mitad los desplazamientos y la exposición al contagio. En las nuevas asignaciones a puntos de venta, se procurará la cercanía al domicilio del vendedor/vendedora. Se actuará igualmente acercando al vendedor a su domicilio cuando éste solicite cambio de punto de venta.Se debe incluir como medida preventiva, que cuando un vendedor/vendedora dé positivo, su gestor comercial clarifique con él, si tiene necesidad de ayuda, para recuperar productos de establecimientos colaboradores, y de tenerla, qué productos tiene repartidos y en qué establecimientos, para que la Dirección proceda a su recuperación.

    OTRAS CUESTIONES IMPORTANTES PARA LA VUELTA A ACTIVO

    La Dirección en cuanto planifique calendario de activación comercial y reactivación de cualquier actividad, lo comunicará a la Comisión de Seguimiento con toda la antelación que sea posible, identificando cuándo reinicia su actividad el Centro Logístico, el Personal del circuito de juego y cuándo estará en la calle la plantilla del personal vendedor.

    La reactivación comercial se planificará priorizando la vuelta del Canal Físico del Personal Vendedor, dejando en suspensión el Canal Físico Complementario durante los meses que resulten necesarios para la estabilización de la venta por parte de la plantilla, evitando que ante posibles miedos de la clientela, por el contacto físico, se derive venta hacia establecimientos del CFC que pueden dar imagen de mayor protección y seguridad.

    En la clave de evitar sobreesfuerzos para la obtención de los mínimos o recaudación exigible para la renovación de contrato o conversión en indefinido, que puede afectar a que no se extremen las medidas preventivas (se salten horarios, descansos, etc.), la Dirección publicará que se deja sin efecto las actuales exigencias de cifra de venta para la conservación de contrato o pase a indefinido.

    Con al menos diez días de antelación, respecto a la fecha de arranque de la venta, se notificará a TPV respecto a cada vendedor su liquidación pendiente, y el estocaje de libros en su poder para que pueda realizar todas las comprobaciones a que haya lugar.

    Madrid, 18 de mayo de 2020

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