FSC-CCOO SSI ONCE | 21 de noviembre de 2024

EL TRIBUNAL SUPREMO CAMBIA SU DOCTRINA SOBRE COMPATIBILIDAD PENSIÓN-TRABAJO

    El pasado 11 de Abril el Tribunal Supremo dictó una Sentencia mediante la que, de forma clara y rotunda, cambia la que venía siendo su Doctrina de admitir que las Incapacidades Permanentes en grado de Absoluta y Gran Invalidez, que durante muchos años se consideraron compatibles con el trabajo, dejen de serlo. Y ello afecta a muchas personas que han simultaneado su trabajo con el percibo de Pensiones de Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez

    21/05/2024.

    CCOO-ONCE INFORMA (22/05/2024)

    NOTA INFORMATIVA MUY IMPORTANTE:BAJO

    El pasado 11 de Abril el Tribunal Supremo dictó una Sentencia mediante la que, de forma clara y rotunda, cambia la que venía siendo su Doctrina de admitir que las Incapacidades Permanentes en grado de Absoluta y Gran Invalidez, que durante muchos años se consideraron compatibles con el trabajo, dejen de serlo. Y ello afecta a muchas personas que han simultaneado su trabajo con el percibo de Pensiones de Incapacidad Permanente Absoluta o Gran InvalidezEL TRIBUNAL SUPREMO CAMBIA SU DOCTRINA SOBRE COMPATIBILIDAD PENSIÓN-TRA; y en el caso de la Plantilla de la ONCE esto afecta tanto a vendedores/as como a quienes ejercen otros trabajos, percibiendo alguna de las referidas Pensiones.En nuestra Plantilla, quienes compatibilizan Pensión-Trabajo son muy mayoritariamente perceptores de Pensiones de Incapacidad Permanente Total, es decir la que únicamente inhabilita para el trabajo habitual, referido al anterior o anteriores a ejercer la Venta, u otros trabajos en la ONCE.La nueva Doctrina nos ha obligado a CCOO-ONCE a desplegar iniciativas con las que proteger a personas que encontrándose ya en esta situación de compatibilidad puedan sentirse perjudicadas, y para ello hemos remitido escrito a la Dirección de la ONCE con fecha 6 de mayo, solicitando información completa de qué actuaciones se van a llevar a cabo, contemplando:- Qué repercusión podrá haber en la tramitación de nuevas Altas por nuevas incorporaciones de personas que llegan con Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez- qué repercusión habrá sobre quienes estando en dicha situación de Pensionistas cuentan con Contrato Temporal- Y si se va a poder preservar que quienes han mantenido compatibilidad y disponen de Contrato Indefinido seguirán manteniéndola sin sobresaltos ni perjuicios.Hemos solicitado también al Gabinete Jurídico de CCOO un informe sobre este cambio y sus consecuencias, y hemos encargado a nuestro Responsable Confederal de Políticas Públicas para que se identifique qué pasos y actuaciones va a seguir el INSS en relación con la aplicación de esta Sentencia, y poder prever e informar a todas las personas afectadas.El cambio de Doctrina que ahora promueve el Tribunal Supremo ha de analizarse contemplando también que la Ley 3/2023 de Empleo recogía en su Disposición Final segunda que a efectos de acceso al empleo se consideraba equiparado a Discapacidad del 33% disponer de una Pensión de Incapacidad Permanente en cualquiera de sus grados: Total, Absoluta o Gran Invalidez; aunque el interesado no contara con el pertinente Certificado de  Discapacidad del Organismo competente.Si esta situación te afecta no te precipites, no acudas al INSS y espera. Ante Notificaciones y/o Resoluciones del INSS o la propia ONCE puedes consultarnos trasladándonos tu caso concreto, y las Notificaciones recibidas, si es el caso:- A la dirección de correo electrónico, once-teayudamos@fsc.ccoo.es - o mediante Whatsapp al teléfono 630476883, te responderemos a la mayor brevedad posible.

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